Inconstitucionalidad del “Protocolo antipiquetes”: Un juez federal concurrirá a la próxima marcha de los jubilados

A sólo horas de una nueva protesta de jubilados en el Congreso de la Nación, el juez Martín Cormick, titular del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal N°11, le advirtió al Gobierno que monitoreará de forma presencial la próxima marcha luego de las múltiples denuncias recibidas por la Justicia.

Tras la brutal represión desatada la semana pasada por las fuerzas de seguridad, que dejó como saldo varios heridos entre los que se encuentra el fotógrafo Pablo Grillo internado en grave estado, el CELS presentó una cautelar en la que pidió suspender el protocolo y que se ordene al Ministerio de Seguridad que respete y garantice el derecho a la vida, integridad personal, la salud y la libertad de expresión de quienes participen de protestas, transiten por las zonas en donde se lleva a cabo una protesta o desempeñen su labor periodística para brindar cobertura a dichos eventos.

“El Protocolo Antipiquetes vulnera los derechos constitucionales enunciados en los artículos 14, 14bis, 19, 28, 75 inciso 12 e inciso 22 y los artículos 7.2, 13,15 y 16 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos”, argumentó el CELS.

El juez Cormick rechazó la cautelar pero manifestó que “el Tribunal no desconoce ni es impasible a los desgraciados hechos de público conocimiento sucedidos el 12/03/25 que no aparecen adecuados a los principios republicanos que consagra la Constitución Nacional y las normas supranacionales que constituyen la ley suprema de nuestro país”.

Cabe recordar que desde el Ministerio de Seguridad ya anunciaron que plantean desplegar un operativo con las fuerzas federales de mayor envergadura aún que el del miércoles 12 de marzo.

Ante esta situación el magistrado indicó que “observará presencialmente con suma atención todo lo que allí suceda a efectos de incorporar de oficio a través de los medios probatorios previstos en el CPCCN (aplicable supletoriamente art. 17 ley de amparo) toda prueba relativa a cualquier conducta, hecho y/o acto que resulte procedente para resolver la cuestión en debate en estos autos, tal es el planteo de inconstitucionalidad de la Resolución 943/23 (Protocolo de Seguridad)”.

 

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