Por Manuel Ludueña
•La ley de 4458 (BOCBA N° 4142, 30/04/2013), de Aislamiento Térmico en Edificios, que no reglamentó y que por tanto no son obligatorias para las construcciones; con ella se podría limitar un alto porcentaje de la demanda de energía para refrigerar y para calefaccionar.
•Tampoco se ha reglamentado la Resolución Conjunta M.H. y M.A. y E.P. Nº 863/012 (BOCBA 3935, 19/06/2012) por la cual las empresas que redujeren el consumo energético en un diez por ciento (10%) en comparación con el período anual inmediatamente anterior, podrían acceder al beneficio fiscal, que la Agencia de Protección Ambiental (APRA) considerará caso por caso, así como para todo “Hotel Responsable con el Ambiente”.
•La reciente Ley de Protección del adoquinado para evitar el incremento del efecto “Isla de calor” que, al alentarse solamente el uso del asfalto, se incrementa la temperatura de las calles con el consiguiente efecto sobre el entorno de los edificios y las viviendas.
Entre tanto Macri dice que “La política energética del Gobierno nacional ha fracasado” y se propone impulsar un proyecto de ley para que en los edificios de más de seis pisos de altura, con el objeto de garantizar el servicio de agua y de luz, tengan un grupo electrógeno con combustibles fósiles responsables de las emisiones de gases de efecto invernadero.