EL POLÉMICO ARTÍCULO 45 DE LA LEY DE RADIODIFUSIÓN ES ANALIZADO EN EL CONGRESO

Por Héctor López Torres, Secretario de Organización de la UTPBA

No está claro aún si tomarán en cuenta plenamente las aspiraciones de pymes y cooperativas par acceder a licencias de radio y televisión o la redacción final del proyecto en danza terminará imponiendo nuevas restricciones.

Buenos Aires, 7 de julio — La comisión de los senadores nacionales que tenía bajo análisis el proyecto enviado por los diputados para modificar, por segunda vez, el Artículo 45 de la Ley de Radiodifusión, ya ha elaborado su dictamen y en cualquier momento llegará al recinto.

Es una buena noticia en lo esencial pero con ciertos condicionamientos absurdos, propios de la presión de los intereses predominantes, que también se advirtió en las recientes decisiones oficiales sobre la temática general del sector.

Si esa modificación se cristaliza, las organizaciones sociales sin fines de lucro obtendrán, por fin, su derecho al acceso a las licencias de las estaciones de radio y TV, un triunfo de los grupos e instituciones, entre éstas la UTPBA, que plantearon desde hace mucho tiempo el levantamiento de la veda inconstitucional que impuso la última dictadura militar y fue mantenida por los gobiernos posteriores a 1983.

El paso previo y decisivo de esta habilitación del debate parlamentario fue dado por la Corte Suprema de Justicia después de numerosos fallos de primera instancia y de Cámaras ante el reclamo del sector cooperativista, cuyo más resonante caso fue patrocinado por el Dr. Miguel Julio Rodríguez Villafañe a favor de una entidad cordobesa, en 2002.

El proyecto inicial que promovió la reforma fue presentado en 1984 por el entonces Secretario de Estado de Acción Cooperativa del gobierno de Raúl Alfonsín, Dr. Héctor Polino, pero el Presidente y el Congreso comenzaron el ciclo de hacerse los distraídos.

Lo mismo ocurrió la última vez, cuando el interventor en el COMFER del gobierno de Fernando De la Rua, Dr. Gustavo López, se lo pidió a ese Presidente. Seguramente lo hizo en el momento en que éste dormía una de sus habituales siestas, porque no obtuvo respuesta.

En el caso de Carlos Menem, las presiones de los monopolios ya habían sido más que evidentes. En el 96, por decreto del 10 de octubre, el Presidente derogó la prohibición que afecta a las cooperativas para tener licencias de radiodifusión, pero el 8 de noviembre, antes de cumplirse un mes, el mismo autor, anuló la decisión y todo quedó como antes.

En definitiva, desde 1983 hasta hoy, el famoso Artículo 45 tuvo solamente modificaciones que, en lugar de corregir aquello que impide la aplicación del principio de la igualdad jurídica ante la ley, acomodó el texto para dar nacimiento y desarrollo a los actuales grandes multimedios de la comunicación, es decir, que una misma empresa pudiese ser licenciataria de diversos medios de ramas distintas.

Por eso, en la actualidad, una empresa concesionaria del servicio público telefónico tiene en su poder un canal de TV y una empresa propietaria originariamente de un diario, dispone, además de varios diarios, numerosos canales de televisión y de frecuencias radiofónicas.

A esos mismos multimedios, ya agotada la imaginación para presentar justificativos razonables, el gobierno les acaba de prorrogar el usufructo de las licencias hasta 2025, considerando las “penurias que han padecido en la última crisis económica nacional” sus pobrecitos titulares.

En lugar de poner fin a la creciente concentración de la propiedad y de la información de los medios de comunicación, dada la condición ideal de haberse cumplido los plazos vigentes de las licencias y, en consecuencia, tener la posibilidad de producir una apertura a un verdadero pluralismo, este gobierno ha elegido profundizarla.

Es decir, demostrar su falta de vocación para adoptar alguna de las tantas alternativas al proceso de monopolización como, por ejemplo, enviar al Congreso un proyecto de nueva ley de radiodifusión y hacerlo aprobar a través de su mayoría parlamentaria o llamar a concurso de todos –incluídas las organizaciones sociales- para otorgar, por un nuevo período, las importantísimas frecuencias en manos de los grandes multimedios.

Tal como se ha determinado, si efectivamente se aprueba la modificación del Artículo 45, las organizaciones sociales sin fines de lucro llegarán tarde al reparto. Podrían acceder a licencias, pero después de habérseles quitado la mayor oportunidad existente, en el último cuarto de siglo, para pluralizar el aire de la radiodifusión nacional.

El gobierno actual ha hecho, en síntesis, lo mismo que Alfonsín, Menem, De la Rua y Duhalde: dejar librado al “mercado” el derecho humano a una información veraz y el patrimonio de la radiodifusión, que son bienes comunes de todos los argentinos.

En el marco de esa misma concepción, la Comisión de Sistemas, Medios de Comunicación y Libertad de Expresión del Senado ha aprobado un dictamen que persiste en subordinar las instituciones del estado a la política de los grandes multimedios que no se han cansado de puntualizar que son opositores a la participación de las cooperativas de servicios públicos en la operación de la radiodifusión.

El texto del dictamen cambia y agrava el proyecto enviado por la Cámara de Diputados que lo aprobó con un consenso de más de los dos tercios de los votos.

En la parte pertinente, los diputados dicen que el acceso queda vedado a los prestadores de servicios públicos -un tema discutible- pero especifican que las personas físicas que solicitaren licencias no pueden ser directores o administradores de dichas prestadores ni ser “accionista mayoritario de la misma que posea el 10 % o más de las acciones que conforman la voluntad social (de la empresa)”.

La comisión del Senado corrige esta última parte y expresa que los solicitantes de licencias no pueden ser “socio, director o administrador”. De esta manera, surge un interrogante: ¿el simple socio de una cooperativa de servicios públicos quedaría inhabilitado para formar parte de una empresa o entidad sin fines de lucro que quisiera presentarse?

Esa rama del cooperativismo agrupa a casi el 40 por ciento del movimiento cooperativo nacional y es integrada por varios millones de socios, dueños de las más de 1800 empresas (de electricidad, gas, teléfonos, cloacas, agua, etc) del sector. Asimismo, representa al 22 por ciento de la población del país.

La magnitud de esa exclusión –millones de argentinos- abrirá, si el dictamen es aprobado con ese texto, una nueva ronda de juicios en todas las instancias y en todo el territorio.

El cooperativismo, para los senadores firmantes, puede llevar agua, luz o teléfonos a los lugares más apartados del país, donde los monopolios no invirtieron ni invierten ni invertirán nunca un peso, pero los socios de ese poderosísimo movimiento solidario, en muchos casos poblaciones enteras, no podrían constituir otra cooperativa para dar servicios de radio o televisión.

Consecuencia, los habitantes de dichos pueblos y ciudades sólo podrían seguir recibiendo u obtener los servicios de los grandes multimedios.

Los señores senadores no parecerían saber la diferencia entre el socio de una cooperativa y el socio de una multinacional. O, si lo saben, pretenden quitar a millones de habitantes, su derecho a acceder a una licencia de radiodifusión porque en este caso ya no se proscribe, como hicieron los diputados, a las cooperativas de servicios públicos como empresa o a sus directores y administradores.

La proscripción se extendería a todos sus integrantes. Y si se sigue así, no sería extraño que agregaran la misma prohibición a sus cónyuges, hijos, hermanos, sobrinos, nietos, biznietos, tíos, primas y vecinos. Una barbaridad (ANC-UPTBA).

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