El juez Juan Lima sostiene que Macri violó la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y otras normas. El fallo sienta jurisprudencia para que la Costanera y los espacios verdes sean de acceso público y gratuito.
El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 11, Fernando Juan Lima, declaró inconstitucional el decreto 993/08 por el cual el jefe del Gobierno porteño, Mauricio Macri, renovó la concesión de Punta Carrasco, un predio de varias hectáreas en la Costanera Norte donde funcionan varios locales comerciales.
El fallo de 18 carillas, a raíz de una demanda del vicepresidente del bloque Coalición Cívica de la Legislatura porteña, diputado Facundo Di Filippo, es un importante antecedente para que toda la rambla costera al Río de la Plata y los espacios verdes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sean de acceso público y gratuito.
El juez Juan Lima destaca en su sentencia que ese predio fue catalogado como UP (Urbanización Parque) en el Código de Planeamiento Urbano y, por lo tanto, Macri “carece de competencia” para renovar su concesión, pues “es la Legislatura el único órgano constitucional habilitado para modificar el mencionado Código”.
“Resulta sumamente llamativo” que el Gobierno porteño “decida realizar una contratación directa con quien ha sido calificado como un concesionario incumplidor”, advierte el magistrado en otro párrafo del fallo, que tiene fecha de ayer (17 de septiembre).
El juez Juan Lima también sostiene que el decreto 993/08 es la “cristalización de verdaderos dislates”, pues “cuando el límite constitucional” es de cinco años para la renovación de concesiones Macri “permite la continuidad por más de veinte”, tras lo cual considera irrisorio que la firma Punta Carrasco S.A. abone un canon mensual de 35.000 pesos por ese predio, donde funcionan boliches bailables y salones de fiestas, entre otros emprendimientos comerciales.
Al respecto, señala que “exime de la necesidad de ponderar la desproporción que pareciera existir entre los ingresos que el permiso genera y el canon que se abona”, para luego expresar que la “falta de controles” por parte del Gobierno porteño permiten que el concesionario “tuviera instalaciones por fuera del área concesionada, aparentemente cobrando por el estacionamiento de vehículos en terrenos sobre los que no detenta derecho alguno”.
Luego de mencionar otra serie de irregularidades, el magistrado advierte que “no se puede consentir que se no se respeten formas básicas que constituyen la base del Estado de Derecho”, ya que “aún cuando supusiéramos las mejores intenciones, más allá de que ello no resulta avalado por dato objetivo alguno, el Poder Ejecutivo sólo puede hacer aquello que la Constitución y las leyes le permiten. Parece difícil de entender para algunos -subraya- pero el Estado no es un privado más y los límites impuestos a su actuación constituyen una garantía para los ciudadanos”.
Di Fillipo, presidente de la Comisión de Vivienda de la Legislatura porteña, calificó de “ejemplar” el fallo del juez Juan Lima pues “permite a todos los habitantes de la ciudad avanzar en una política de recuperación de la Costanera y de todos los espacios verdes de la ciudad”.
“Macri es adepto a desalojar… a los pobres, pero ahora no tiene ninguna excusa para desalojar a quienes hacen verdaderos negocios con el espacio público“, concluyó el legislador.