La Jueza Elena Liberatori resolvió hacer lugar a la medida cautelar solicitada por la Asamblea Popular Plaza Dorrego.
La magistrada a a cargo del Juzgado Nº 4, Secretaría 8 del Fuero Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ordenó al Gobierno de la Ciudad que “se abstenga de llevar adelante obras que pudieran afectar la integridad física y artística del denominado “MURAL DE LA MEMORIA” sito en la esquina de la Avenida San Juan y la calle Defensa de esta Ciudad Autónoma de Bs. As. hasta tanto se dicte sentencia definitiva y firme en la presente acción de amparo”.
La Asamblea Popular Plaza Dorrego (Local en San Juan esquina Piedras) había presentado el viernes 28 una acción de Amparo para que el Gobierno de la Ciudad no destruya el Histórico “Mural de la Memoria”. La obra se encuentra en riesgo ante la inminente demolición del edificio del ex Museo del Cine, sobre el que se asienta.
Según los demandantes, el Gobierno no tomó ninguna medida para su preservación y actuó en forma inconsulta vulnerando derechos públicos y constitucionales. La demolición se habría dictado violando lo dispuesto por el ordenamiento jurídico vigente en la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en materia de derecho a la participación (Art. 1 y 63), principios de democracia participativa (Art. 1), protección de la identidad y del patrimonio cultural (Art. 32 y 37) y al la memoria del barrio y su historia, entre otros derechos”.
El Mural, preservado durante siete años por los vecinos del barrio y restaurado el 7 de diciembre de 2008, integra el Patrimonio Cultural del Barrio de San Telmo y la Ciudad de Bs. As., consignado con el Nº 86 en la “Guía de Patrimonio Cultural Nº 2. Murales” editada por la Dirección General de Patrimonio del Ministerio de Cultura del GCBA.
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