Por Alcira Fernandez (Movimiento Comunero)
Con bastante frecuencia el Gobierno de la Ciudad desinforma o brinda una información errónea a los ciudadanos de la Ciudad de Buenos Aires sobre el tema Comunas.
A pocos días de realizarse las elecciones en la ciudad, el Gobierno porteño publica un aviso informando que el 10 de julio se votan comunas y que además de Jefe, Vicejefe de Gobierno y Legisladores, se eligen, por primera vez, representantes comunales. Y define: “la Junta Comunal que resulte electa será la encargada de representarte en el barrio”.
Lo que omite de una manera burda y flagrante es la existencia de los Consejos Comunales, organismos de gobierno participativo, en los que los vecinos y organizaciones sociales participan activamente en la toma de decisiones que afectan a sus barrios, con las funciones que le establece la Ley Orgánica de Comunas N° 1.777, (Art. 29 inciso i y Art. 35) otorgándole un carácter claramente participativo en las decisiones y el control de la Junta Comunal.
Una omisión tal, pone de manifiesto el modelo de Comuna que Macri pretende. En el aviso publicitario el Jefe de Gobierno ignora la participación popular y propone la monopolización de la política por los “representantes” (la Junta Comunal) excluyendo al resto de los miembros de la comunidad de toda participación que no sea ir a votar el día de las elecciones. Pretende así perpetuar el modelo representativo – delegativo tradicional. Propone comunas dependientes, poco autónomas, en lugar de promover que las comunas sean una institución organizada como democracia participativa, de acuerdo al espíritu de la Ley 1.777 y de la Constitución de la Ciudad.
El proyecto oficialista de modificación a la Ley 1.777 [1] enviado a la Legislatura, es absolutamente coherente con esta concepción de las comunas, contraponiéndose claramente al espíritu descentralizador y participativo de la Constitución y a la ley Orgánica de Comunas.
Una transformación política institucional trascendental: Las Comunas.
Las Comunas posibilitan un ejercicio más participativo de la democracia. Representan un cambio cultural y político cuya centralidad es la democracia participativa. Constituyen una verdadera transformación del sistema político – de una democracia delegativa a una democracia participativa.
La Democracia participativa integra y subordina la representatividad a la participación ciudadana permanente a través de los Consejos Comunales.
El Consejo Comunal es el órgano que democratiza las decisiones políticas y establece un vínculo fluido entre el gobierno comunal y los vecinos. Estos participan activamente en la toma de decisiones que afectan a sus barrios. Son los genuinos actores de este proceso de transformación política que se instala a partir de las elecciones comunales. Quienes resulten electos e integren las Juntas Comunales, deben respetar el poder comunal, el legítimo derecho de los vecinos y organizaciones sociales, a decidir y controlar lo que se hace en los barrios.
De eso se trata, de ser protagonistas. Ponerse de acuerdo respecto de las prioridades y las acciones públicas que necesitan y aspiran concretar en sus barrios. Elaborar participativamente el plan anual y presupuesto de la Comuna. En cumplimiento del plan establecido, controlar el accionar de la Junta Comunal.
Y contrario a lo expresado en la publicidad macrista, es la Junta Comunal la que debe ponerse al servicio de las necesidades barriales planteadas por los vecinos en pleno ejercicio del legítimo derecho a expresarse, a proponer, a participar y a realizar el control vecinal sobre los actos de gobierno.
Esta publicidad mentirosa que se difunde a través de los medios de comunicación, confunde aún más al desprevenido porteño, quien poco sabe de Comunas por la inacción deliberada del poder político que durante años hizo casi nada por informar sobre las Comunas y sobre los alcances de la única ley elaborada participativamente por los vecinos de la Ciudad de Buenos Aires: la Ley Orgánica de Comunas.