La Coalición por una Comunicación Democrática expresó el 7 de junio, Día del Periodista, su renovada preocupación por los persistentes ataques del gobierno de Mauricio Macri a los principios de libertad de expresión y de acceso a la información, consagrados por la Constitución Nacional y los tratados internacionales firmados por Argentina en materia de derechos humanos, civiles y políticos.
Tal como lo destaca el portal de la Coalición por una Comunicación Democrática ingresamos al 161º día desde la sanción del Decreto 267/2015, que ataca principios de independencia y, a la vez, gubernamentaliza a la autoridad de aplicación de la comunicación. También siguen afectados los derechos de las audiencias y la representación sectorial de los integrantes del disuelto Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (CoFeCA).
En esa línea de regresión de derechos, el proyecto de ley de blanqueo de capitales del gobierno macrista esconde una Mordaza al periodismo, al intentar establecer condiciones para multar y llevar a prisión a quien publique o difunda datos de quienes se beneficien con la moratoria financiera, situación que viola los principios del artículo 13 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica) y del artículo 14 de la Constitución Nacional, que consagran la libertad de investigar y publicar sin censura previa.
La amenaza de sanciones penales y gravosas multas económicas están expresadas en el proyecto de ley que el Poder Ejecutivo envió al Congreso, para iniciar su tratamiento por la Cámara de Diputados. El artículo 85 prevé la aplicación del artículo 157 del Código Penal, el cual está destinado a los funcionarios públicos obligados a preservar el secreto fiscal. Pero el proyecto extiende la imposición del secreto a “terceros”, lo que lo dirige en primer término contra periodistas o cualquier otra entidad dedicada a investigar, descifrar y difundir el movimiento de capitales involucrados en evasión y en lavado por diversas actividades ilícitas.
La mera amenaza de sanciones penales y/o económicas debe ser leída como un acto de censura previa y como una traba a la libertad de expresión, a la vez que resulta un contrasentido frente a los principios invocados para fundamentar el derecho de acceso a la información por parte de los ciudadanos. Cabe recordar que el proyecto de Ley de Acceso a la Información Pública enviado por el mismo Poder Ejecutivo y con media sanción en la Cámara de Diputados destaca en sus fundamentos el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho de acceso a la información pública derivados de los artículos 1°, 33 y 38 de la Constitución Nacional y por los instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos a los que el artículo 75 inciso 22 les otorga jerarquía constitucional.
Como quedó sentado con la derogación de las sanciones penales para calumnias e injurias en 2009, la libertad de expresión no admite condicionamientos y debe estar sujeta solamente a responsabilidades ulteriores establecidas por ley, con la debida fundamentación para proteger el interés público. Cualquier limitación al derecho a la información debe respetar, además, el principio de proporcionalidad con respecto al daño causado y debe ser lo menos restrictiva posible para el ejercicio de la libertad de expresión.