El acusado llegó al debate bajo un régimen de prisión domiciliaria, imputado por la “tentativa de homicidio” y, subsidiariamente, por “lesiones gravísimas”, en perjuicio de Arturo López (67), quien el 19 de noviembre de 2021 sufrió un golpe de puño en la cara, el cual le hizo perder la conciencia y caer al piso mientras trabajaba en una playa de estacionamiento ubicada en la calle Moreno al 800, del barrio porteño de Monserrat.
En las imágenes de la cámara de seguridad que entonces se difundieron se observa cómo el agresor, acompañado por otros dos jóvenes y su madre, golpea a López en el lado izquierdo de la cara, por lo que el hombre cae e impacta fuertemente contra el suelo, tras lo cual queda inconsciente en el lugar.
Los peritos del caso constataron en la etapa de instrucción que Arturo López sufrió una “afasia” debido a la lesiones cerebrales. Este trastorno implica la emisión de palabras sin sentido, no poder responder a una pregunta ni poder leer o construir oraciones completas para entablar un dialogo, además de la inutilidad permanente para trabajar y la dependencia absoluta de terceros.
Tras el hecho, el joven estuvo casi cinco meses prófugo hasta que se presentó ante la Justicia el 29 de abril a las 0.15 de manera espontánea en la División Enlace Institutos Alojamiento de Menores, situada en la calle Teniente General Juan Domingo Perón 2048, en el barrio de Balvanera.
El veredicto
El veredicto de culpabilidad fue dado a conocer este mediodía por el juez Alejandro Villanueva, titular del Juzgado Penal y Penal Juvenil 11, quien condenó a C.M.A., de 18 años, por los delitos de “homicidio en grado de tentativa” y “lesiones gravísimas”, en perjuicio de Arturo López.
Al término de la lectura del veredicto, el fiscal del caso, Mauro Tereszko, aseguró que en el Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires quedaron “satisfechos con el veredicto y con el desarrollo de todo el juicio”.
“Ayer cerramos el debate solicitando que se lo declare responsable al joven imputado por el delito de tentativa de homicidio con dolo eventual y dejamos abierta la puerta de forma subsidiaria a las lesiones gravísimas, y efectivamente el juez optó por esta alternativa”, comentó el fiscal.
Tereszko señaló: “El juez explicó de una forma detallada y minuciosa por qué escogía esta calificación. Entendió que no había habido intención por parte del joven de darle muerte a la víctima, pero sí logramos desde la fiscalía demostrar cabalmente que el imputado obró con dolo, es decir con conocimiento y con voluntad realizadora del tipo penal”.
Con esta calificación, el juez Villanueva podrá imponerle al condenado una condena que va “desde los tres a los diez años de prisión”, según dijo Tereszko, aunque el monto de la pena recién se conocerá luego de que se realice lo que se llama audiencia de cesura, a desarrollarse en aproximadamente tres semanas.