Entró en vigor la ley 2014, sancionada por la Legislatura en junio, y a través de la cual se creará el “Registro No Llame”. La normativa busca proteger a los usuarios de servicios telefónicos de los posibles abusos que puedan surgir del uso del telemarketing para publicitar, ofertar, vender o regalar bienes o servicios.
Podrán inscribirse en el registro los titulares de la líneas telefónicas que manifiesten su decisión de no ser contactados telefónicamente por empresas que, haciendo uso de datos personales, utilizan el sistema de telemarketing.
Para la inscripción en el “Registro No Llame” la persona deberá consignar el número de teléfono que corresponde a la línea de la que es titular y al cual las empresas que utilizan este sistema no podrán llamar.
Las inscripciones tendrán una duración de dos años a partir de su incorporación al registro y se renovarán automáticamente por un período igual, salvo que el registrado manifieste lo contrario.
Dentro de un plazo de 90 días la ley deberá estar reglamentada y se dará a conocer la forma en que los interesados podrán sumarse a la iniciativa. La ley establece que la inscripción se realizará por medios eficaces, de uso rápido y sencillos.
La norma otorga a las empresas un plazo de 90 días para tomar conocimiento de las inscripciones. La Dirección de Defensa y Protección al Consumidor será la autoridad de aplicación de la nueva norma y castigará con multas a quienes la violen.
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Texto de la ley 2014. |