En marzo del corriente año, la justicia dictó sentencia a favor de Fernando Maldonado, para que pueda continuar sus estudios en el establecimiento educativo CENS Nº 69, ubicado en el edificio de canal 7.
En ese centro de educación de adultos del Gobierno de la Ciudad, destinado a personas de más de 18 años que quieran finalizar estudios secundarios, los estudiantes obtienen el título de PERITO AUXILIAR EN PRODUCCIÓN, DIRECCIÓN Y REALIZACIÓN INTEGRAL DE TV.
En agosto de 2009, con el patrocinio jurídico gratuito de Acceso YA, Fernando se presentó ante la justicia para reclamarle al Gobierno de la Ciudad la falta de accesibilidad del CENS Nº69 y la falta de cumplimiento de leyes y decretos que protegen a las personas con discapacidad. Entre los mismos se encuentran el artículo 14 de la Constitución Nacional, algunos artículos de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y tratados internacionales como la Convención Interamericana para la Eliminación de la Discriminación contra las Personas con discapacidad, la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros.
Como las clases se dictan en el primer piso del establecimiento y no hay ascensor, los compañeros alzan a Fernando y lo suben por la escalera con los consiguientes riegos a la seguridad de uno y otros (tropezarse, torcerse un tobillo) o, incluso caerse. Por este motivo, él debe permanecer en el aula hasta que termine la jornada, es decir, también durante los recreos y tiempos de esparcimiento, ya que esas actividades se realizan en la planta baja del edificio. A esto se suma la inexistencia de baño adaptado para personas con discapacidad.
Con el asesoramiento de Acceso Ya, Fernando realizó reclamos administrativos en la escuela, y al no obtener respuestas, se presentó la acción de amparo, en la cual se explicitó el obstáculo que las barreras arquitectónicas del CENS implican para que las personas con discapacidad y movilidad reducida puedan ejercer su derecho a la educación.
El fallo —que se encuentra firme, ya que no fue apelado— obliga al Gobierno de la Ciudad a realizar obras de infraestructura para que dicha institución sea un espacio accesible.